Hoy me han hecho una consulta sobre la licencia que deberíamos poner a una obra si queremos incluir fotografías con licencia CC-BY-SA en algún trabajo nuestro. La respuesta es sencilla: «la única licencia compatible con CC-BY-SA es ella misma«. Podéis encontrar más información en el capítulo dedicado a este problema del sitio «Aspectos legales de las TIC en Educación«.
La dificultad de compatibilizar licencias CC es una de las principales críticas que se les hacen a dichas licencias. Por un lado, permiten que sea más sencillo compartir y por otro ponen muchas dificultades a este hecho. En las licencias CC, no se definen las libertades básicas que todo autor que las use debe aceptar. Tratan de establecer un continuo de opciones entre el dominio público y el copyright. Este continuo de opciones conlleva a que la gran mayoría de los usuarios haya optado por la versión que conlleva la prohibición de usos comerciales. Esta última opción hace que muchas obras desaparezcan de los canales más importantes de difusión y se mantengan en usos marginales al quedar fuera del uso comercial.
David de Ugarte, parte de que la cultura en sus orígenes era libre y que el copyright representa una anomalía histórica de un tiempo en el que era necesario para favorecer la creación, expone que ya no es necesaria dicha limitación y por lo tanto debemos de girar hacia planteamientos en los que se planteen las libertades de los obras por encima de las libertades de las autores. Estas mismas ideas las hace suyas el movimiento del Devolucionismo (al que David de Ugarte pertenece) que definen en la Indianopedia:
«Devolucionismo es la defensa de la progresiva reducción -hasta su eliminación total- del tiempo de explotación de patentes, copyrights, derechos de autor y otras formas de propiedad intelectual, ampliando el dominio público con las creaciones de las últimas décadas».
Sin más que leer lo anterior, se entiende la principal crítica a las Creative Commons, no exenta de razón, que achaca a las CC de no ir al fondo del problema sino que perpetúan la anacrónica situación del copyright, potenciando su fuerza. No comparto del todo este punto, ya que las Creative Commons han permitido dar la batalla legal al momento de ofrecer las obras propias a la comunidad, aunque si cierto que no han logrado vencer, ni mucho menos, al sistema de propiedad intelectual.
Si alguien no ve la necesidad de cambiar todo este sistema que oprime la creación (afortunadamente con mucha fuerza en el ámbito legal y, en mucha menor medida, en el real) le animo que se pase a leer este artículo sobre cómo crear un recurso educativo (desde una perspectiva legal ;-)) y que me diga su opinión.
Para finalizar os dejo con esta entrevista a Juan Urrutia sobre copyright y derechos de autor.
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