Organizar la información en Internet (I)

Estamos viviendo momentos en los que accedemos a gran cantidad de información a través de la red. El fenómeno de exceso de información y de la problemática derivada  se  ha denominado infoxicación (intoxicación de información).

Qué síntomas tiene la infoxicación:  desorientación que produce el efecto contrario, estando más cerca de la desinformación y angustia al sentirnos incapaces de gestionar un flujo tan grande de información. Si siempre ha sido un competencia importante la gestión de la información, ahora es fundamental y para ello tenemos múltiples herramientas que nos lo facilitan.

Mis principales fuentes de información son:

  • Blogs y sitios de noticias.
  • Redes Sociales: twitter, Google Plus y Facebook.
  • Búsquedas en la red.
  • Recomendaciones de otras personas.

En estos artículos voy a tratar de describir las herramientas que uso para organizar todo este flujo.

Agregadores (lectores) de contenidos o de RSS

Uno de los primeros problemas que me surgió en esto de la web 2.0 es la gestión de los blogs y los sitios de noticias que seguía. Para ello, la solución que uso es la suscripción a los canales de RSS (más correctamente fuentes de contenidos) de los blogs a través de un programa agregador de RSS. Probablemente, algunos no hayáis entendido nada, os voy a dar una explicación de andar por casa de lo que son los RSS (para una explicación más detalllada no teneís nada más que buscar en Google) y como funcionan los programas agregadores o lectores de RSS.

Nota1: Hay que tener en cuenta que realmente RSS es el formato en el que se crean las fuentes de contenidos, como RSS fue el formato original y único durante un tiempo se universalizo el concepto de canal de RSS o de fuente de RSS en lugar de los términos correcto canal de contenidos o fuente de contenidos. Actualmente existen otros formatos como el Atom y lo «correcto» sería decir fuente de contenidos pero como cuantos de nosotros tomamos colacaos, petitsuises, cocacolas, etc…

Todos los blogs y sitios de noticias crean un archivo en el que se van recogiendo todos los artículos que publican con fecha, dirección web, título y contenido del artículo, ese archivo es lo que llamamos un canal de RSS. Con un programa agregador de RSS lo que hacemos es conectarnos a ese archivo para ver las publicaciones del blog desde el agregador. Cuales son las ventajas de usar un agregador de RSS:

  1. La fundamental es que la lectura de todos los blogs o sitios de noticias la hago desde un sitio centralizado, no tengo que andar vagando por la red.
  2. El agregador me notifica que artículos son nuevos y cuales no he leído.
  3. Me permite clasificar los blogs y sitios de noticias por carpetas o categorías.

A poco que reflexionemos, veremos que la ventaja es enorme. Para que os hagáis una idea os pongo un símil:

Si imaginamos que vivimos en un pueblo y queremos saber las noticias que suceden en cada casa, podemos ir casa por casa y preguntar las noticias nuevas, la mayoría de los días no habrá nada y habremos hecho el viaje en balde. Éste es el procedimiento que seguiríamos sin agregador. En el mismo ejemplo, con un agregador, tendríamos una oficina a la que todos los habitantes del pueblo llevan las noticias y en ella, las organizamos y clasificamos. En resumen, es hacer que los artículos y noticias vengan a ti en lugar de ir tú a buscarlas.

Y si todavía no os ha quedado claro os pongo una imagen (que vale más que mil palabras 😉 ):

¿Qué agregadores de RSS usar?

Podemos elegir entre programas de escritorio (instalables en nuestro ordenador) o programas de la web 2.0.

Personalmente prefiero las herramientas de la web 2,0 que me permiten conectarme desde cualquier ordenador y me facilitan compartir la información.

El agregador que uso es Google Reader,  lo único que necesitamos es una cuenta de Google. En algún ordenador uso feedly que  mejora las funcionalidades de Google Reader (hemos de tener en cuenta que feedly trabaja sobre la cuenta de Google Reader). Aquí os muestro un diagrama con diferentes opciones por si queréis probar:

Ya hemos hecho el primer paso, acceder a parte de la información de forma rápida y ordenada.

El siguiente paso consiste en guardar toda la información relevante con una organización que nos permita acceder a ella en cualquier momento y lugar., pero eso lo veremos en el siguiente artículo en el que explicaré el método que uso ( a más de uno le va a sorprender 😉 ).

Bardem y sus tomates

No pensaba escribir nada sobre la Ley Sinde ( internet esta llena de artículos, twitter de opiniones, etc…)  pero al leer el extraordinario comentario de humitsec en Meneame en respuesta al artículo de Javier Bardem en El Pais, he decidido que respuesta tan brillante no debe quedar en el olvido.


Image: ‘Harvest‘ de Karem

No se puede explicar de forma más sencilla el funcionamiento de la SGAE y la Ley Sinde.

Os lo pongo textualmente, es recomendable leer antes el artículo del pobre Bardem:
 

Pongamos el mismo ejemplo.

Javier Bardem quiere Â«comprar un tomate fresco». Para usar el paralelismo con la industria cultural, Javier debería acudir a una tienda en la que tras pasar por sucesivas manos, el tomate ha incrementado su valor de manera artificial, repercutiendo en el horticultor en menos del 0,1 % de su valor de venta. Son otros, los intermediarios, los que han cobrado más, en muchos casos tan solo por cambiar la pegatina que viene puesta en el tomate. Algo que, por desgracia, no dista mucho de la realidad del mercado de la agricultura –y de la pesca, y de la ganadería…–.

Pero ahora viene la gracia. Javier Bardem no puede compartir ese tomate que acaba de comprar con nadie más, pues de lo contrario la Sociedad General de Agricultores y Especuladores se cabreará con él y lo llamará ladrón: Â«Â¡Quien quiera un tomate que se lo compre! ¿Qué es eso de compartir?».

Tampoco puede alterarlo en cualquier forma que no haya sido expresamente autorizada por el horticultor. De hecho, su intención de usarlo para hacer gazpacho se considera un uso no autorizado, y la Sociedad General de Agricultores y Especuladores la condena, llegando a denunciar al comprador si se hace pública la manipulación no autorizada: Â«El gazpacho, como resultado de la manipulación del tomate entre otros productos, es algo que sólo nosotros, como creadores del tomate original podemos realizar, ya que ese derecho es nuestro. Cualquier manipulación realizada por terceros sin nuestra autorización es una violación de nuestros derechos, y debe ser castigada».

Para colmo, Javier Bardem tampoco puede comerciar con el tomate que acaba de comprar. Si fuera el caso de que tuviera un restaurante donde sirviera ensaladas de tomate –plato que debería contar con la autorización de la Sociedad General de Agricultores y Especuladores–, debería pagar otra vez al horticultor por el lucro cesante que le supone que los clientes de su restaurante vayan a comer un tomate allí, en lugar de comprar otro para ellos. Incluso si el horticultor acuerda no cobrar por este uso, la Sociedad General de Agricultores y Especuladores le cobrará una compensación por tal uso no autorizado.

Por si esto fuera poco, al día siguiente Javier Bardem descubre que tiene que seguir pagando por el tomate que compró ayer, pues los derechos que reconocen el esfuerzo del horticulor estipulan que hay que pagarle por este trabajo hasta más allá de su muerte. Al fin y al cabo él trabajó para producir ese tomate, él plantó la semilla, y día tras día cuidó del crecimiento de la planta, alimentándola cuando lo necesitaba, protegiéndola cuando se debía, hasta el momento de poder recoger su fruto: el tomate. Y ese trabajo debe ser recompensado toda la vida, porque al fin y al cabo, una vez que Javier Bardem ha consumido ese tomate, su organismo se ha beneficiado de él, y ese beneficio para Javier Bardem puede durar años.

Por supuesto este pago Javier Bardem no lo tiene que realizar directamente. No es un impuesto, sino un cobro de derechos, en lo que todo aquello que esté relacionado con el tomate que compró ayer incluirá el pago al horticultor.

De hecho, para proteger el trabajo del horticultor, se ha prohibido que cualquiera pueda producir tomates iguales o razonablemente parecidos a los que compró al horticultor. Por eso no se venden semillas de tomates de ese tipo. Y como aun así es posible que Javier Bardem las obtenga del propio tomate, para reducir el perjuicio ocasionado al horticultor, la Sociedad General de Agricultores y Especuladores ha logrado que se apruebe la inclusión de un canon compensatorio en todos aquellos productos que pudieran facilitar que cualquiera produjera tomates similares a título privado. Este canon se puede encontrar en el abono, el agua, las mangueras, las regaderas, los maceteros, los tiestos, los sistemas de aspersión, las palas, los rastrillos, las carretillas, las azadas y en general cualquier herramienta de agricultura y jardinería, los plásticos y estructuras de posible uso para la construcción de invernaderos, etc.

Por suerte para Javier Barden hay un grupo de personas que consideran que esta situación es un abuso, y han creado sus propias huertas, donde venden los tomates sin todas las restricciones que se han citado, permitiendo su uso y consumo como mejor le parezca al comprador, y destinando prácticamente todo el dinero cobrado al propio horticultor.

Otras personas han creado huertas públicas, donde el cuidado y el mantenimiento de los productos de la huerta es responsabilidad solidaria de todos, y todos pueden disfrutar libremente de los resultados.

En algunos casos las tomateras son el producto de las semillas de los tomates obtenidos a través de la compra a los horticultores tradicionales, y eso ha cabreado a la Sociedad General de Agricultores y Especuladores, porque dicen que eso es piratería, que se están aprovechando del trabajo de sus horticultores, e incluso están en algunos casos obteniendo beneficios por ello.

Así, la Sociedad General de Agricultores Y Especuladores, junto con otros colectivos afectados como Proagripescae, han denunciado en varias ocasiones a los que mantienen dichas huertas. En algunos casos incluso han tratado de crear la idea de que su actividad es más delictiva si cabe porque cobran por otros servicios a quienes acceden a sus huertos a por los productos que allí se disponen gratuitamente.

Por fortuna los jueces, que aun tienen algo de sentido común, siempre han sentenciado a favor de las personas encargadas de las huertas. Esto ha molestado a las sociedades mencionadas, que han movilizado a los horticultores para que protesten y presionen con el objetivo de aprobar una ley que permita cerrar esas huertas sin necesidad de que lo ordene un juez.

¿Qué piensa Javier Bardem de que un colectivo que es parte del conflicto pueda decidir si cierra o no una huerta pública sin requerir la acción de un juez?

Cuentas para menores, ¿cuándo, cómo y por qué?

Actualmente está la web que hierve alrededor de las condiciones de uso, en cuanto a la edad necesaria, que nos ponen los diferentes servicios de la web 2.0. Este es un tema que debemos de tener muy claro si queremos utilizar dichos servicios con nuestros alumnos o si, simplemente, queremos asesorar a los alumnos y sus familias. Sobre esto han escrito recientemente unos excelentes posts:
Voy a tratar de dar mi punto de vista en este tema partiendo del hecho de que no soy un experto en derecho y exponiendo en algún caso las observaciones que me ha hecho David Maeztu, abogado experto en la red, y autor del excelente blog «Del derecho y las normas».


¿A qué edad un menor puede gestionar sus datos personales?

El hecho de abrir una cuenta en estos servicios supone casi siempre la introducción de ciertos datos de tipo personal (como el nombre, apellidos, edad, etc.) y aceptar unas condiciones de uso.
Por lo tanto, lo primero que debemos saber es qué dice la legislación española sobre la gestión de los datos personales. Para ello, hemos de leer el REAL DECRETO 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal. El artículo 13 expone claramente que para los menores de 14 años se requerirá el consentimiento de padres o tutores.
Ya tenemos algo claro: de 14 años en adelante pueden gestionar sus datos personales sin consentimiento paterno (esto deja claro el porqué de los 14 años de tuenti).

Es también recomendable por no decir indispensable leer el artículo 15 del Real Decreto, que regula el método para conseguir dicha autorización.

A modo de aclaración es interesante saber que en Estados Unidos la edad mínima son los 13 años tal y como recoge  la Children’s Online Privacy Protection Act (1998) más conocida como COPPA.

Principales servicios y sus condiciones

Bajo mi punto de vista, e independientemente de las condiciones de uso que nos exija el servicio en cuestión, siempre que se estén gestionando datos personales, es obligatorio contar con la autorización paterna. Por lo tanto, aunque un servicio deje acceso libre a cualquier edad hemos de tener en cuenta el límite de los 14 años.

Google

Para entrar en el excelente entorno de Google, tal y como lo explica Juan Carlos Guerra en su post, la edad es de 18 años. Para comprobarlo basta con leer el apartado 2.3 de las condiciones de servicio. Se dice textualmente: «2.3 No podrá utilizar los Servicios ni aceptar las Condiciones si (a) no tiene la edad legal para contraer un acuerdo vinculante con Google«. Tras consultar a David Maeztu, me aclaró que en líneas generales la edad para contraer un contrato vinculante son los 18 años. Hay alguna excepción, que no viene a cuento comentar en este artículo.
Por lo tanto, ya sabemos: en Google, 18 años. Me parece excesivo y sobre todo para el correo electrónico.  Por lo tanto, y sin ánimo de parecer ser pesado, os vuelvo a animar a apuntarse a la iniciativa  de Juan Carlos.

WordPress

Podemos plantearnos la posibilidad de usar el blog con los alumnos y optamos por wordpress. En las condiciones de uso de WordPress, no se hace ninguna referencia a la edad.

Entonces en wordpress nos quedamos con los 14 años a no ser que no usemos datos personales ( más adelante explicaré como).

Zoho

Ya sabemos que Google nos obliga a los 18 años, podemos plantearnos usar Zoho como alternativa (excelente, por cierto) a GoogleDocs y para usar un excelente wiki.
En las condiciones de Zoho pone «You must be of legal age to enter into a binding agreement in order to accept the Terms«. Otra vez surge el tema del contrato vinculante, con lo que estamos en el mismo caso que Google. Sin embargo, si leemos la política de privacidad, pone «Zoho does not knowingly collect Personal Information from users who are under 13 years of age.«. O sea, que no almacenan datos personales de menores de 13 años y, la duda que tengo «es cómo lo hacen pues no te piden la edad». Hay que reconocer que los datos necesarios para abrir una cuenta son muy pocos.

Wikispaces
No pone nada referente con la edad, luego estamos igual que en wordpress.com.

Tuenti

De sobra es conocido que Tuenti pone como condición los 14 años, con lo cual, va de la mano con la LOPD. Esto es así ya que Tuenti es española y se rige por nuestra legislación.


Facebook

La edad que pide es de 13 años al ser una empresa estadounidense y estar regulada por la COPPA.

¿Y qué hacemos?

Ante este problema tenemos diferentes alternativas para salir del apuro. Lo primero a tener en cuenta es que si son mayores de 14 años prácticamente no tendremos ningún problema. Para edades inferiores podemos optar por alguna de las siguientes alternativas:
  • Podemos usar cuentas impersonales del tipo: al01-1a-iesdaniel@gmail.com, al02-1a-iesdaniel@gmail.com, al03-1a-iesdaniel@gmail.com, … Estas cuentas se las asignamos a los alumnos de forma que sepamos quien es quien. Podemos poner como nombre de la cuenta su nombre sin apellidos, con lo que la gestión será mucho más fácil.
  • Apuntar al centro a GoogleApps y gestionar las cuentas desde allí. En este caso si optamos por cuentas impersonales no tendremos ningún problema, en caso contrario, tengo mis dudas de que no haga falta autorización.
  • Pedir autorización paterna, de acuerdo al artículo 14 del Real decreto anteriormente citado.
  • Decir a los alumnos que para seguir la asignatura es imprescindible una cuenta  de Gmail igual que pedimos un cuaderno, libro, etc… En caso de que los padres on sean competentes digitalmente, pedimos la autorización.
  • Si optamos por blogs del tipo WordPress.com, usar cuentas impersonales o pedir la autorización.
  • Si decidimos montar un blog de wordpress en nuestro propio servidor, la gestión es mucho más fácil. En este caso, creamos las cuentas nosotros, estamos en un entorno controlado y podemos eliminar los mensajes, entradas o comentarios que contradigan las normas. Podríamos usar cuentas impersonales o cuentas personales controlando la publicación de datos personales.
  • Análogo al caso del blog propio de wordpress podemos crear redes sociales del tipo Elgg o BuddyPress.
  • Para redes sociales de otro tipo, tenemos que ir a redes verticales tipo ning, grouply o grou.ps. Deberíamos hacer los mismo que en wordpress.com o Google.
  • Podemos aprovechar el inmenso tirón de Tuenti sabiendo que prácticamente el 100% de los alumnos tienen cuenta. Nos habremos evitado un paso, ahora vendría uno más difícil: convencer a los alumnos de usar tuenti para los estudios. Ante esa enorme dificultad podemos empezar creando una página y desde ella dinamizar y ver hasta donde somos capaces de llegar.
  • En el caso de Facebook estaremos en el mismo caso de Tuenti, salvo hay menos alumnos con cuenta.

En fin que no me entretengo más. Espero conocer vuestra opinión.

Estadísticas de uso de Internet

Hace unos días descubrí una aplicación creada por Gary Hayes que va mostrando en tiempo real el uso de las aplicaciones de la web social, de móviles, de juegos y de los medios como TV, cine, etc…
Se puede comprobar que el servicio más usado en internet con gran diferencia es el email, seguido por los SMS y sorprendentemente, en tercera posición youtube.
Os dejo la aplicación y debajo una captura de pantalla de las estadísticas del último día para que podamos comprobar la evolución de la web en tiempos futuros:

 

Y la captura de pantalla es la siguiente:

Espero que os guste.

La web semántica

Estamos en tiempo de evolución de la web. El proceso parece imparable aunque el resultado final no está nada claro. Empezó la evolución al pasar de la web 1.0 a la web 2.0 o web social que supuso la socialización de la web, el usuario pasó de ser mero consumidor a lo que se ha llamado prosumidor (creador). Usando la metáfora de los pronombres personales sugerida por la revista Times, se pasó de YO al TÚ.

Ahora parece que la evolución siguiente, ante el crecimiento exponencial de la información en internet debido a la web 2.0, es la web semántica. La idea es tratar de describir el contenido, el significado y la relación de los datos de una web mediante metadatos (datos que describen datos) semánticos y las ontologías que los relacionan para ser evaluados automáticamente por los llamados agentes inteligentes ( programas en ordenadores que buscan, organizan y clasifican esta información sin intervención humana). Con esta tecnología el usuario podrá encontrar la información de forma rápida y sencilla gracias a que la información está mejor definida.

Tal y como lo describe la W3C se intenta que la web tenga capacidad de construir una base de conocimieento sobre las preferencias de los usuarios y ser capaz de atender de forma exacta las demandas de los usuarios sobre cualquier tema. Entra un nuevo pronombre en juego ELLOS.

Principales Componentes:

Entre los principales componentes de la Web Semántica podemos encontrar XML, XML Schema, RDF, RDF Schema y OWL. La descripción de OWL en inglés “Ontology Web Language� describe las funciones y relaciones de cada componente de la Web Semántica:

  • XML: Provee una sintaxis elemental para las estructuras de contenidos dentro de documentos.
  • XML Schema: Es un lenguaje para proporcionar y restringir la estructura y el contenido de los elementos contenidos dentro de documentos XML.
  • RDF: Es un lenguaje simple para expresar modelos de los datos, que refieren a los objetos “recursosâ€? y a sus relaciones. Un modelo de RDF-based se puede representar en sintaxis de XML.
  • RDF Schema: Es un vocabulario para describir propiedades y clases de recursos RDF-based, con semántica para generalizar-jerarquías de las propiedades y clases.
  • OWL: Es un mecanismo para desarrollar temas o vocabularios específicos en los que podamos asociar esos recursos.

¿Cómo funciona?

Si analizamos el ejemplo que pone la W3C sobre las diferencias entre una busqueda  no semántica (Google) y una semántica (Bing) de los vuelos a Praga mañana por la mañana. Debido a que los buscadores actuales usan buesquedas por palabras sin ninguna conexión entre ellas, se obtendría el siguiente resultado (según la W3C):

Si hacemos la misma búsqueda con un buscador semántico obtendremos:

Analizando el ejemplo está claro que los resultados se adaptan mucho más a lo que estamos buscando mediante la búsqueda semántica.

Si hacemos el ejemplo en la realidad comparando Google con Bind obtenemos:

La verdad es que la diferencia es muy pequeña por no decir nula. La clave puede estar en que todavía las páginas no están aportando información de tipo semántico. Sorprendentemente, el número de páginas encontradas es menor en Google que Bind, esto no tiene mayor importancia, pues ya sabemos todos que más de 20 resultados no mira casi nadie.

Los principales problemas que pueden surgir para la implantación de la web semántica:

  • El proceso de semantización puede ser laborioso y si no se consigue una automatización de éste, puede ser que la web semántica quede en una gran idea.

  • Otro de los problemas con los que se puede encontrar la web semántica es el cambio en el modelo publicitario que puede llevar. Ya no hará falta visitar una página web para ver la información que posee y esto, evidentemente, cambia el modelo publicitario. ¿Estarán de acuerdo en esto los grandes: facebook, yahoo, google, etc..?.  Como caso contradictorio están los RSS que ya están suficientemente implantados  y no sé ha encontrado ningún problema. Pero ¿y si se extiende a toda la web?

  • Otro problema según Dolores Reig es el hecho de que Google no esté por este cambio. Esto lo pongo en tela de juicio, pues creo que el algoritmo de búsqueda de Google si que usa semantización, lo que no sé es a que nivel. Basta ver el caso de Gnoss, una red social semántica ,que asciende de forma veloz en las búsquedas de Google.

De momento creo que hay muchas dudas y esperemos acontecimientos. A mi sólo hay una cosa que no me acaba de gustar:

  • Si en camino lo marca BIND que es el buscador de Microsoft y pierde Google (que creo que ha hecho, infinitamente más cosas por la web 2.0 y por la expansión de conocimiento), si el que dirige el tren es Microsoft, lo siento mucho señores que yo me apeo y que sigan  feliz viaje (si pueden).

Modificación:
Aquí os dejo un excelente vídeo (visto en El Caparazón) que explica la web semántica de forma sencilla:

Republicando el manifiesto «En defensa de los derechos fundamentales en Internet»

El Consejo de Ministros aprobó ayer viernes en Sevilla la “Ley de Economía Sostenible”, que incluye la conocida como “Ley Sinde” (  ver de forma sencilla ) , que permitirá el cierre de páginas web en sólo cuatro días. Me sumo a los blogs que republican hoy el manifiesto conjunto del pasado mes de diciembre. Si tienes página en la red, si publicaste en su momento el manifiesto, si la red es para ti algo importante; te invito a hacer lo mismo:

Ante la inclusión en el Anteproyecto de Ley de Economía sostenible de modificaciones legislativas que afectan al libre ejercicio de las libertades de expresión, información y el derecho de acceso a la cultura a través de Internet, los periodistas, bloggers, usuarios, profesionales y creadores de internet manifestamos nuestra firme oposición al proyecto, y declaramos que…

1.- Los derechos de autor no pueden situarse por encima de los derechos fundamentales de los ciudadanos, como el derecho a la privacidad, a la seguridad, a la presunción de inocencia, a la tutela judicial efectiva y a la libertad de expresión.

2.- La suspensión de derechos fundamentales es y debe seguir siendo competencia exclusiva del poder judicial. Ni un cierre sin sentencia. Este anteproyecto, en contra de lo establecido en el artículo 20.5 de la Constitución, pone en manos de un órgano no judicial -un organismo dependiente del ministerio de Cultura-, la potestad de impedir a los ciudadanos españoles el acceso a cualquier página web.

3.- La nueva legislación creará inseguridad jurídica en todo el sector tecnológico español, perjudicando uno de los pocos campos de desarrollo y futuro de nuestra economía, entorpeciendo la creación de empresas, introduciendo trabas a la libre competencia y ralentizando su proyección internacional.

4.- La nueva legislación propuesta amenaza a los nuevos creadores y entorpece la creación cultural. Con Internet y los sucesivos avances tecnológicos se ha democratizado extraordinariamente la creación y emisión de contenidos de todo tipo, que ya no provienen prevalentemente de las industrias culturales tradicionales, sino de multitud de fuentes diferentes.

5.- Los autores, como todos los trabajadores, tienen derecho a vivir de su trabajo con nuevas ideas creativas, modelos de negocio y actividades asociadas a sus creaciones. Intentar sostener con cambios legislativos a una industria obsoleta que no sabe adaptarse a este nuevo entorno no es ni justo ni realista. Si su modelo de negocio se basaba en el control de las copias de las obras y en Internet no es posible sin vulnerar derechos fundamentales, deberían buscar otro modelo.

6.- Consideramos que las industrias culturales necesitan para sobrevivir alternativas modernas, eficaces, creíbles y asequibles y que se adecuen a los nuevos usos sociales, en lugar de limitaciones tan desproporcionadas como ineficaces para el fin que dicen perseguir.

7.- Internet debe funcionar de forma libre y sin interferencias políticas auspiciadas por sectores que pretenden perpetuar obsoletos modelos de negocio e imposibilitar que el saber humano siga siendo libre.

8.- Exigimos que el Gobierno garantice por ley la neutralidad de la Red en España, ante cualquier presión que pueda producirse, como marco para el desarrollo de una economía sostenible y realista de cara al futuro.

9.- Proponemos una verdadera reforma del derecho de propiedad intelectual orientada a su fin: devolver a la sociedad el conocimiento, promover el dominio público y limitar los abusos de las entidades gestoras.

10.- En democracia las leyes y sus modificaciones deben aprobarse tras el oportuno debate público y habiendo consultado previamente a todas las partes implicadas. No es de recibo que se realicen cambios legislativos que afectan a derechos fundamentales en una ley no orgánica y que versa sobre otra materia

Este texto se publica multitud de sitios web. Si estás de acuerdo, republícalo también en tu blog.

Prometeus, el futuro de internet?

En una entrada anterior de este blog publiqué un vídeo de “futurología cibernética�. He encontrado este otro que es más interesante sobre el futuro de internet en los próximos 50 años. No sabemos lo que nos deparará el futuro, no si será mejor o peor, lo que si sabemos es que será diferente y a la velocidad a la que evoluciona la tecnología e Internet, el vídeo no parece muy lejano.
Igual Matrix desde una perspectiva más positiva, sin existir la esclavitud de los seres humanos por las inteligencias artificiales, está mucho más cerca de lo que esperamos.

Espero que te guste el vídeo y si quieres te hagas un profeta cibernético más.
Personalmente creo que el vídeo se va a acercar mucho a la realidad (si sigue existiendo como la conocemos). No sé si cumplirán los plazos que da el vídeo pero creo que ese futuro va a llegar para quedarse. La pena es que no creo que yo esté para verlo.
Nota: el título del vídeo «Prometeus» proviene del universo Stargate siendo el nombre del primer crucero de batalla de la clase BC – 303.

Historia de Internet

A través del blog de Víctor Cuevas "Educadores 21" he conocido esta excelente presentación sobre la historia de Internet creada por  Discovery Channel. Imprescindible para todo el mundo, tanto para aquellos que nos iniciamos hace uno años a la navegación con  Mosaic  como para los que se acaban de incorporar.

Como ha mejorado el acceso a Internet. Aunque no estemos en lo ideal, hay que reconocer que actualmente es un bólido comparado con un burro, esperemos que dentro de unos años digamos lo mismo y a un precio más asequible.

La tenéis aquí: http://www.tudiscovery.com/internet/interactivo.shtml